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¿Qué son los daños hedónicos y cuándo se otorgan en casos de lesiones personales?

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Loyda Gomez
Escrito porLoyda GomezAsistente Legal y Gerente de OficinaLicenciatura en Ciencias Aplicadas, Ciencias Políticas y Gobierno, John Jay College of Criminal Justice (CUNY), 22+ años en The Orlow Firm, Bilingüe: Inglés y Español

Actualizado: 7 de julio de 2026 · 18 min de lectura

¿Qué son los daños hedónicos y cuándo se otorgan en casos de lesiones personales?

¿Qué son los daños hedónicos? Compensan la pérdida del disfrute de la vida, es decir, la imposibilidad de dedicarse a sus pasatiempos, pasar tiempo con sus seres queridos o disfrutar de los placeres cotidianos a causa de una lesión grave. En Nueva York, esta pérdida se reconoce como parte de los daños no económicos, no como una indemnización separada. La ley estatal no impone ningún límite a estos daños.

La palabra "hedónico" viene del griego hedone, que significa placer. En un caso de lesiones personales, a los daños hedónicos se les llama de forma más sencilla daños por pérdida del disfrute de la vida. Abordan algo que las facturas médicas y los salarios perdidos nunca alcanzan: la vida que usted solía llevar. Tal vez entrenaba al equipo de fútbol de su hijo en el parque. Tal vez salía de excursión los fines de semana, tocaba la guitarra o se sentaba en el suelo a jugar con sus nietos. Si una lesión grave le quitó esas cosas, esa pérdida tiene valor legal.

Este artículo explica qué son los daños por pérdida del disfrute de la vida y en qué se diferencian de otros tipos de compensación. Cubre lo que la ley de Nueva York realmente dice y cuándo usted puede reclamar estos daños. También cubre qué pruebas respaldan un reclamo y cómo los tribunales deciden cuánto valen. The Orlow Firm ha representado a personas lesionadas en Nueva York por más de 40 años. Una de las cosas que escuchamos con más frecuencia es: "Ninguna cantidad de dinero me devuelve lo que perdí". Eso es cierto. Pero la ley igual reconoce esa pérdida, y entender cómo funciona es un primer paso importante.

¿En qué se diferencian los daños hedónicos de otras compensaciones?

La compensación en un caso de lesiones personales generalmente se divide en tres grupos. Entender dónde encaja la pérdida del disfrute de la vida hace que el resto de este artículo sea mucho más claro.

Los daños económicos son las pérdidas a las que usted puede ponerle un número con un recibo o un comprobante de pago. Incluyen las facturas médicas (pasadas y futuras), los salarios perdidos, la pérdida de capacidad para generar ingresos y los daños materiales. Son concretos y por lo general están documentados por escrito.

Los daños no económicos cubren los perjuicios que no vienen con una factura. Este grupo incluye el dolor y sufrimiento, la angustia emocional y la pérdida del disfrute de la vida. Estas pérdidas son reales, pero no hay ninguna factura que demuestre su valor.

Los daños punitivos son de otra naturaleza. Están destinados a castigar una conducta especialmente imprudente o malintencionada, no a compensar a la persona lesionada. Son poco frecuentes en los casos comunes de lesiones personales.

Los daños hedónicos viven dentro del grupo de los daños no económicos, pero son una porción específica de él. Aquí hay una forma útil de trazar la línea entre los daños hedónicos y el dolor y sufrimiento. El dolor y sufrimiento cubre el daño en sí, es decir, el dolor físico y la angustia mental de estar lesionado. La pérdida del disfrute de la vida cubre la vida que usted ya no puede vivir. Se trata de quién era usted antes de la lesión, qué le daba sentido a sus días y cómo eso se ha visto disminuido.

Un ejemplo sencillo: una corredora aficionada apasionada sufre una lesión en la columna. Ella siente dolor y sufrimiento por la lesión y su tratamiento. Pero la pérdida de poder correr es otra cosa. Correr definía sus mañanas, sus amistades y su sentido de identidad, y perder eso es pérdida del disfrute de la vida. Las dos cosas están relacionadas, pero no son lo mismo.

La ley de Nueva York sobre la pérdida del disfrute: qué significa McDougald v. Garber para usted

Aquí es donde Nueva York se diferencia de muchos otros estados, y donde mucho contenido en internet se equivoca.

En 1989, el Tribunal de Apelaciones de Nueva York (la corte más alta del estado) decidió el caso McDougald v. Garber, 73 N.Y.2d 246 (1989). La decisión respondió dos preguntas que todavía hoy controlan cómo funciona la pérdida del disfrute de la vida en Nueva York.

Primero, el tribunal sostuvo que la pérdida del disfrute de la vida no es una categoría de daños separada y detallada en Nueva York. No se le pide al jurado que ponga una cifra independiente de "daños hedónicos" en la hoja del veredicto. En cambio, la pérdida del disfrute de la vida es uno de los elementos que el jurado considera como parte de la indemnización general por dolor y sufrimiento.

Esto importa porque los clientes a menudo escuchan el término "daños hedónicos" de amigos, artículos en internet o abogados de otros estados. Luego asumen que Nueva York los otorga como una partida separada. No es así. Pero aquí está la parte que es igual de importante. El hecho de que no se etiquete por separado no significa que se ignore. El jurado escucha todas las pruebas sobre cómo cambió su vida. Esa pérdida puede constituir una parte sustancial del total de la indemnización no económica.

Segundo, el tribunal sostuvo que el demandante debe tener cierta conciencia cognitiva de la pérdida para poder recuperarla. En palabras sencillas, una persona que está permanentemente inconsciente, por ejemplo en un coma irreversible, por lo general no puede recuperar daños por pérdida del disfrute de la vida. No puede percibir lo que ha perdido. Esta es una regla estrecha que se aplica a un pequeño grupo de casos catastróficos, pero es parte de la ley de Nueva York y vale la pena entenderla.

Un punto más, crítico. Nueva York no impone un límite legal a los daños no económicos compensatorios en la mayoría de los casos de lesiones personales. Algunos estados limitan por ley las indemnizaciones por dolor y sufrimiento. Nueva York no. El jurado decide el monto con base en las pruebas, sujeto a revisión judicial. No hay ningún techo predeterminado sobre lo que puede valer la pérdida del disfrute de la vida.

{{VIDEO_EMBED: https://www.youtube.com/watch?v=86KLVY-Emns | New York Car Accident Law: What Can You Be Compensated For?}}
¿Qué contiene este video?

Este video de The Orlow Firm explica qué compensación está disponible en un caso de accidente de auto en Nueva York, incluidos los daños económicos como las facturas médicas y los salarios perdidos, y los daños no económicos como el dolor y sufrimiento y la pérdida del disfrute de la vida.

¿Cuándo puede reclamar daños por pérdida del disfrute de la vida en Nueva York?

El que usted pueda reclamar daños por pérdida del disfrute de la vida depende del tipo de caso que tenga. Hay un umbral importante que se aplica a los casos de vehículos motorizados y a nada más.

Accidentes de vehículos motorizados: el umbral de lesión grave

Nueva York es un estado sin culpa (no-fault) para los accidentes de auto. Eso significa que después de un choque, por lo general su propio seguro paga sus gastos médicos básicos y una parte de sus ingresos perdidos. Esto sucede sin importar quién haya causado el accidente. La contraparte es que usted no puede demandar al conductor culpable por dolor y sufrimiento a menos que su lesión cruce el "umbral de lesión grave". Eso incluye la pérdida del disfrute de la vida. El umbral está definido en la Insurance Law § 5102(d) (Ley de Seguros).

Hay nueve categorías que califican como lesión grave:

  • Muerte
  • Desmembramiento
  • Desfiguración significativa
  • Una fractura (cualquier hueso roto)
  • Pérdida de un feto
  • Pérdida permanente del uso de un órgano, miembro, función o sistema del cuerpo
  • Limitación permanente y consecuente del uso de un órgano o miembro del cuerpo
  • Limitación significativa del uso de una función o sistema del cuerpo
  • La regla 90/180: una lesión determinada médicamente que le impide realizar sustancialmente todas sus actividades diarias habituales durante al menos 90 de los 180 días inmediatamente posteriores al accidente

Esa última categoría, la regla 90/180, es una de las más malentendidas. No requiere una lesión permanente. Digamos que una lesión grave lo mantuvo alejado de su rutina normal durante tres meses de los primeros seis después del choque. Si un médico lo documenta, usted puede cumplir con el umbral aunque con el tiempo se recupere. Y si aplica cualquiera de las nueve categorías, usted puede recuperar daños no económicos por todas sus lesiones. Eso incluye lesiones más allá de la que cumplió con el umbral.

Todos los demás casos de lesiones personales: no se requiere umbral

El umbral de lesión grave se aplica únicamente a los casos de accidentes de vehículos motorizados. Para cualquier otro tipo de reclamo por lesiones personales, no hay ningún umbral que superar. Esto aplica a los accidentes de construcción, los casos de responsabilidad de locales como los resbalones y caídas, la negligencia médica, las mordeduras de perro y reclamos similares. Todos pueden reclamar daños por pérdida del disfrute de la vida sin cumplir con las categorías de la § 5102(d).

En todos los casos, sin embargo, el principio de fondo es el mismo. La lesión debe haber cambiado de manera genuina y significativa la forma en que usted vive. Una molestia temporal que se resuelve en unas pocas semanas no es la base para un reclamo por pérdida del disfrute de la vida. Un cambio duradero en las actividades y relaciones que definían su vida, sí lo es.

¿Qué tipos de lesiones suelen dar lugar a reclamos por pérdida del disfrute?

Las lesiones que con más frecuencia respaldan un reclamo por pérdida del disfrute de la vida comparten una característica. Causan un cambio permanente o de largo plazo en quién es una persona y en lo que puede hacer. Ejemplos comunes incluyen:

  • Lesión cerebral traumática (TBI) — puede alterar la personalidad, la memoria, la concentración y la capacidad de trabajar o relacionarse socialmente, a veces de maneras invisibles para los demás
  • Lesión de la médula espinal y parálisis — la pérdida de movilidad e independencia afecta casi todos los aspectos de la vida diaria, desde la recreación hasta la intimidad y el simple cuidado personal
  • Amputación — la pérdida de una extremidad puede terminar una carrera, un deporte o la capacidad de realizar tareas cotidianas que la persona nunca pensaba dos veces
  • Pérdida permanente de la vista o la audición — cambia de raíz la forma en que una persona experimenta el mundo y a las personas que la rodean
  • Desfiguración grave — puede afectar la vida social, la imagen de uno mismo y la disposición a participar en actividades que la persona antes disfrutaba
  • Condiciones de dolor crónico — un fondo constante de dolor que en silencio disminuye cada actividad, incluso las que la persona técnicamente todavía puede hacer

Lo que conecta a todas estas es el cambio de largo plazo en la identidad que la persona tenía antes de la lesión. La pregunta legal no es solo "qué tan grave fue el daño". Es "¿cómo cambió esta lesión la vida que usted realmente vivía?"

Ayuda hacer esto concreto. Piense en un ciclista que recorría el Hudson River Greenway cada fin de semana y ya no puede montar. Un abuelo que llevaba a sus nietos a Flushing Meadows Corona Park y ahora no puede seguirles el ritmo. Un trabajador de la construcción que entrenaba una liga juvenil de baloncesto por las noches y ya no puede permanecer de pie el tiempo suficiente para dirigir una práctica. La lesión no solo causó dolor. Eliminó algo central de quiénes eran. Ese es el corazón de un reclamo por pérdida del disfrute de la vida.

¿Qué pruebas respaldan un reclamo por daños hedónicos?

No hay factura ni comprobante de pago por la pérdida del disfrute de la vida. Así que el caso se construye sobre una clara imagen del antes y el después. La meta es mostrarle a un jurado exactamente cómo se veía su vida antes de la lesión y cómo se ve ahora. Los reclamos sólidos por lo general se apoyan en varios tipos de pruebas que trabajan juntas.

Su propio testimonio suele ser la prueba más poderosa. Nadie puede describir lo que usted perdió mejor que usted. Usted conoce las rutinas, las relaciones y las actividades que la lesión le quitó.

El testimonio de familiares y amigos respalda ese relato. Las personas que lo conocían antes y después de la lesión pueden describir el cambio de maneras que suenan verdaderas para un jurado. A menudo notan cosas que la persona lesionada minimiza.

Los registros médicos y psicológicos establecen el alcance de sus limitaciones físicas. También documentan el impacto emocional, incluidas condiciones como la depresión o la ansiedad que con frecuencia siguen a una lesión que cambia la vida.

Los testigos expertos como médicos, psicólogos y especialistas en rehabilitación pueden ayudar. Le explican al jurado por qué la lesión produce las limitaciones que usted describe y si son permanentes.

Fotos y videos de antes de la lesión traen su vida anterior a la sala del tribunal. Lo muestran corriendo una carrera, jugando con sus hijos, ejerciendo su oficio o simplemente disfrutando de las actividades que ya no puede hacer.

Un diario del dolor o diario de la lesión mantenido a lo largo del tiempo crea un registro continuo y fechado de sus limitaciones y del costo emocional. Ese registro es difícil de reconstruir después.

En los casos más graves, un video de "un día en la vida" puede mostrarle a un jurado lo que las palabras por sí solas no pueden. Es una grabación de estilo documental de la realidad diaria del demandante después de la lesión. Reunir estas pruebas, organizarlas y presentarlas de forma convincente es una parte central de lo que hace un abogado de lesiones personales.

¿Cómo se calculan los daños hedónicos en los tribunales de Nueva York?

No hay una fórmula. Nueva York no multiplica sus facturas médicas por un número fijo, y no existe una tabla legal para la pérdida del disfrute de la vida. El jurado usa su criterio, guiado por las pruebas. Entre los factores que un jurado sopesa están:

  • La gravedad y permanencia de la lesión — una discapacidad de por vida respalda una indemnización mayor que una lesión grave pero temporal
  • La edad del demandante — una persona más joven enfrenta toda una vida más larga de disfrute perdido, lo que puede aumentar la indemnización
  • Qué tan centrales eran las actividades perdidas para la identidad y la vida diaria de la persona
  • Qué tan a fondo está documentada la pérdida — un reclamo bien corroborado tiene más peso que uno sin corroborar

Para ayudar a orientar el razonamiento del jurado, los abogados a menudo señalan veredictos comparables en casos similares y se apoyan en el testimonio de expertos. Algunos economistas ofrecen cálculos del "Valor Estadístico de la Vida" que intentan ponerle una cifra en dólares al valor del disfrute de la vida. Pero los tribunales de Nueva York por lo general son escépticos ante testimonios independientes de ese tipo. Tienden a integrar ese análisis dentro de la indemnización más amplia por dolor y sufrimiento en lugar de tratarlo como una medición precisa.

También hay un tope en el extremo alto. Si un juez determina que la indemnización de un jurado es excesiva, el juez puede ordenar una reducción mediante un proceso llamado remittitur. El monto debe estar respaldado por las pruebas, y puede ser revisado por el tribunal.

El tipo de casos que producen indemnizaciones no económicas sustanciales suele involucrar exactamente las lesiones duraderas y que cambian la vida descritas antes. Por ejemplo, The Orlow Firm recuperó $3,375,000 para un trabajador de la construcción que cayó 12 pies de una escalera. Sufrió lesiones en el cuello, la espalda, el codo y el hombro que requirieron cirugía de cuello y espalda. Ese es el tipo de limitación física de largo plazo que fundamenta un reclamo por pérdida del disfrute de la vida. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

{{VIDEO_EMBED: https://www.youtube.com/watch?v=K-NFfPlMBQo | What compensation can be recovered in a construction accident case in New York?}}
¿Qué contiene este video?

Este video de The Orlow Firm explica qué tipos de compensación pueden recuperar los trabajadores lesionados y sus familias en un caso de accidente de construcción en Nueva York, incluidos los gastos médicos, los salarios perdidos y los daños no económicos como el dolor y sufrimiento y la pérdida del disfrute de la vida.

Preguntas frecuentes sobre los daños hedónicos

¿Son los daños hedónicos lo mismo que el dolor y sufrimiento?

No exactamente. El dolor y sufrimiento cubre el dolor físico y la angustia mental causados por una lesión. La pérdida del disfrute de la vida, el nombre más sencillo de los daños hedónicos, cubre la imposibilidad de participar en las actividades y relaciones que le daban sentido a su vida. En Nueva York, el jurado considera la pérdida del disfrute como parte de la indemnización general por dolor y sufrimiento.

¿Permite Nueva York indemnizaciones separadas por daños hedónicos?

No. Bajo McDougald v. Garber, Nueva York no trata la pérdida del disfrute de la vida como una indemnización independiente y detallada. El jurado la considera como un elemento de la indemnización por dolor y sufrimiento. Sigue siendo significativa, y puede constituir una gran parte del total. Pero no aparece como su propia partida en la hoja del veredicto.

¿Hay un límite a los daños hedónicos en Nueva York?

No. Nueva York no impone un límite legal a los daños no económicos compensatorios en la mayoría de los casos de lesiones personales. El monto lo decide el jurado con base en las pruebas, sujeto a revisión por el tribunal, que puede reducir una indemnización que considere excesiva.

¿Necesita estar consciente para reclamar daños por pérdida del disfrute en Nueva York?

Por lo general, sí. McDougald v. Garber sostuvo que el demandante debe tener cierta conciencia cognitiva de la pérdida para poder recuperarla. Un demandante permanentemente inconsciente por lo general no puede recuperar estos daños porque no puede percibir lo que ha perdido. Esta regla se aplica a un grupo estrecho de casos catastróficos.

¿Cómo se prueba la pérdida del disfrute de la vida en un caso de lesiones personales?

Usted construye una clara imagen del antes y el después. Eso incluye su propio testimonio y las declaraciones de familiares y amigos que lo conocían antes y después de la lesión. Los registros médicos y psicológicos, las opiniones de expertos y las fotos o videos de su vida anterior a la lesión, todo ayuda. Un diario de la lesión que documente sus limitaciones a lo largo del tiempo fortalece el reclamo. En casos graves, un video de "un día en la vida" puede mostrarle al jurado su realidad después de la lesión.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por lesiones personales que incluya daños por pérdida del disfrute?

En Nueva York, el plazo de prescripción general para lesiones personales es de tres años a partir de la fecha del accidente, bajo la CPLR § 214 (Ley y Reglas de Práctica Civil). Excepciones importantes pueden acortar ese plazo. Los reclamos contra una ciudad o agencia gubernamental por lo general requieren un aviso de reclamo (notice of claim) dentro de los 90 días, bajo la General Municipal Law § 50-e (Ley Municipal General). Los plazos varían según el tipo de caso y el demandado, así que hable con un abogado lo antes posible.

¿Están disponibles los daños hedónicos en los casos de muerte por negligencia en Nueva York?

La pérdida del disfrute de la vida de la que se habla aquí aplica a un demandante vivo y lesionado. La ley de muerte por negligencia de Nueva York funciona de otra manera. Por lo general, los familiares sobrevivientes no pueden recuperar por su propio duelo o pérdida de compañía. El patrimonio puede recuperar el dolor y sufrimiento consciente que la persona experimentó antes de morir, junto con ciertas pérdidas económicas. Un abogado puede explicar cómo funciona la recuperación en esa situación específica.


Fuentes y recursos oficiales

Leyes de Nueva York citadas

  1. NY Insurance Law § 5102 — Definiciones de No-Fault, incluido el umbral de lesión grave
  2. CPLR § 214 — Plazo de prescripción para acciones por lesiones personales
  3. General Municipal Law § 50-e — Aviso de reclamo contra corporaciones públicas

Decisiones judiciales de Nueva York citadas 4. McDougald v. Garber, 73 N.Y.2d 246 (1989) — La pérdida del disfrute de la vida como parte del dolor y sufrimiento

Recursos útiles 5. New York Courts — CourtHelp: Ir a la corte


Contacte a The Orlow Firm

Tal vez una lesión grave le quitó las cosas que le daban sentido a su vida. Eso podría ser sus pasatiempos, su independencia o su capacidad de estar plenamente presente para las personas que ama. Si es así, esa pérdida podría calificar para una compensación, no solo sus facturas médicas. Entender si su pérdida del disfrute de la vida tiene valor legal es un primer paso importante.

The Orlow Firm ha ayudado a personas lesionadas en todo Queens y la Ciudad de Nueva York por más de 40 años. Manejamos todo tipo de casos de lesiones personales, incluidos accidentes de construcción, accidentes de vehículos motorizados, resbalones y caídas, y lesiones cerebrales traumáticas.

Llame al (646) 647-3398 para una consulta gratuita. Trabajamos por honorarios de contingencia, así que usted no paga nada a menos que ganemos.

Se Habla Español

Este artículo ofrece información general y no constituye asesoramiento legal. Cada caso es diferente. Contacte a un abogado para hablar sobre su situación específica.

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