¿Puede demandar a su empleador por una lesion en Nueva York?
En Nueva York, por lo general usted no puede demandar a su empleador por una lesion laboral. La compensacion laboral es el unico recurso segun la Ley de Compensacion Laboral de NY § 11. Existen algunas excepciones limitadas: que su empleador no tenga seguro de compensacion laboral, que su empleador le haya hecho dano de forma intencional, o que lo haya clasificado incorrectamente como contratista. Tambien puede demandar a terceros que hayan contribuido a su lesion, como contratistas, duenos de propiedades o fabricantes de equipos.
Ese ultimo punto es el que la mayoria de los trabajadores lesionados pasan por alto. La compensacion laboral paga sus facturas medicas y parte de su salario perdido, y usted no tiene que probar que alguien tuvo la culpa. Pero los beneficios tienen un limite y no incluyen el dolor y sufrimiento. Una demanda por separado contra la parte correcta a menudo si puede cubrirlos. A continuacion explicamos por que la ley bloquea la mayoria de las demandas directas contra los empleadores, cuales son las excepciones reales, y el camino mas comun: una demanda por lesiones personales contra un tercero que puede avanzar junto a su reclamo de compensacion laboral.
¿Que es la regla del recurso exclusivo?
El sistema de compensacion laboral de Nueva York se basa en un intercambio. Segun la Ley de Compensacion Laboral de NY § 11, la responsabilidad del empleador por una lesion de trabajo es "exclusiva y sustituye cualquier otra responsabilidad". En palabras sencillas: usted recibe beneficios garantizados sin importar quien causo el accidente, y a cambio renuncia al derecho de demandar a su empleador en la corte.
Para el trabajador lesionado, el beneficio es la certeza. Usted no tiene que probar que su empleador fue negligente. No se le pueden negar los beneficios porque usted haya tenido parte de la culpa. La compensacion laboral generalmente paga su tratamiento medico y alrededor de dos tercios de su salario semanal promedio mientras usted no puede trabajar. Tambien paga beneficios por incapacidad y beneficios por fallecimiento en casos mortales. Para el empleador, el beneficio es la inmunidad frente a una demanda y frente al veredicto impredecible de un jurado que podria seguir.
La barrera llega mas lejos de lo que muchas personas esperan. Segun la Ley de Compensacion Laboral § 29, el recurso exclusivo tambien protege a sus companeros de trabajo. Si el descuido de un companero causo su lesion, por lo general tampoco puede demandar a esa persona. La compensacion laboral es su recurso tanto contra la empresa como contra las personas con quienes trabaja.
Por eso a tantos trabajadores lesionados se les dice, con razon, que "no pueden demandar". Lo que rara vez se les explica es todo lo que la regla no cubre.
Cuando si puede demandar a su empleador por una lesion de trabajo en Nueva York
Algunas situaciones rompen la barrera del recurso exclusivo. Estas excepciones son reales, pero son limitadas, y cada una depende de los hechos especificos. No suponga que alguna aplica a su caso sin que un abogado lo revise.
Su empleador no tiene seguro de compensacion laboral
Nueva York exige que casi todo empleador con empleados tenga cobertura de compensacion laboral. Cuando un empleador ignora esa regla y no tiene seguro, el trabajador ya no queda atrapado dentro del sistema de compensacion. Segun la Ley de Compensacion Laboral § 11, un trabajador lesionado de un empleador sin seguro puede demandar al empleador directamente en la corte en lugar de presentar un reclamo de compensacion.
Esa opcion viene con una ventaja. En la demanda, el empleador sin seguro pierde varias defensas que un demandado comun podria plantear. No puede argumentar que la propia negligencia del trabajador contribuyo a la lesion. No puede apoyarse en la regla del companero de trabajo. No puede alegar que el trabajador asumio el riesgo. La ley le quita esos escudos a proposito, porque el empleador incumplio las reglas al no asegurarse.
Su empleador cometio un acto intencional
La negligencia ordinaria no elimina la barrera del recurso exclusivo. Un peligro sin atender, una maquina sin mantenimiento, un derrame que nadie limpio: nada de eso es suficiente. Incluso la negligencia grave o temeraria por lo general lo mantiene dentro del sistema de compensacion laboral. La ley traza la linea en la intencion.
Si su empleador le hizo dano a proposito, la regla del recurso exclusivo no aplica, y usted puede demandar en la corte. Esto cubre conductas como agresion, ataque fisico o imposicion intencional de angustia emocional. La dificultad esta en el nivel de prueba. Usted debe demostrar que el empleador de verdad ordeno o cometio un acto destinado a causar el dano. No basta con que el empleador haya sido descuidado, ni siquiera indiferente ante un peligro conocido. Las cortes de Nueva York fijan esta barrera muy alta a proposito, y estos casos son poco frecuentes. Si usted cree que su lesion provino de una conducta intencional y no de un accidente, haga que un abogado revise los hechos especificos.
Fue clasificado incorrectamente como contratista independiente
La compensacion laboral cubre a los empleados, no a los verdaderos contratistas independientes. Eso parece que ayudaria a un contratista a demandar, y a veces asi es. Pero la etiqueta que su empleador le puso no es lo que controla.
Si lo llamaron contratista independiente pero en realidad trabajaba como empleado, es posible que lo hayan clasificado incorrectamente. Nueva York analiza varios factores, principalmente cuanto control tenia la empresa sobre su trabajo. El Departamento de Trabajo del estado aplica sus propias normas sobre la clasificacion incorrecta de trabajadores. Un trabajador que en realidad era empleado en todo menos en el nombre puede tener derechos que la etiqueta de "contratista" buscaba quitarle. Una determinacion de clasificacion incorrecta tambien puede exponer al empleador a responsabilidad por salarios y horas extra.
Una advertencia importante: que lo llamen contratista no significa automaticamente que pueda demandar. Y ser un verdadero contratista independiente tampoco significa automaticamente que pueda hacerlo. La cuestion de la clasificacion depende por completo de como trabajo usted en la practica. Este es exactamente el tipo de asunto que un abogado necesita examinar antes de que alguien llegue a una conclusion.
El camino mas comun: demandas contra terceros despues de una lesion de trabajo en Nueva York
Aqui es donde muchos trabajadores lesionados dejan dinero sobre la mesa. La regla del recurso exclusivo protege a su empleador, y solo a su empleador. No hace nada para proteger a otras personas o empresas cuya negligencia causo o contribuyo a su lesion. A esos terceros se les puede demandar en una demanda comun por lesiones personales. Y usted puede llevar ese caso mientras todavia cobra la compensacion laboral.
Los terceros comunes en los casos de lesiones de trabajo en Nueva York incluyen:
- Duenos de propiedades, bajo la responsabilidad de locales
- Contratistas generales y subcontratistas en una obra
- Fabricantes de equipos o maquinaria defectuosa, bajo la responsabilidad por productos
- Conductores negligentes, cuando la lesion ocurre en un vehiculo durante el trabajo
- Arquitectos e ingenieros responsables de un diseno peligroso
¿Que contiene este video?
Este video explica las diferencias clave entre los beneficios de compensacion laboral y las demandas por lesiones personales contra terceros en Nueva York. Cubre lo que paga cada tipo de recuperacion, como los dos reclamos pueden avanzar al mismo tiempo, y por que los trabajadores lesionados a veces dejan dinero sobre la mesa al suponer que la compensacion laboral es su unica opcion.
La construccion es donde esto importa mas. Nueva York le otorga a los trabajadores de construccion lesionados dos leyes poderosas que actuan directamente contra los duenos y los contratistas generales. Segun la Ley Laboral § 240(1), a menudo llamada la Ley de Andamios, los duenos de propiedades y los contratistas generales tienen un deber que no pueden delegar de proteger a los trabajadores de peligros relacionados con la gravedad, como caidas y objetos que caen. Segun la Ley Laboral § 241(6), deben cumplir con disposiciones especificas de seguridad del Codigo Industrial. Estas leyes crean responsabilidad contra el dueno y el contratista general aunque su propio empleador siga protegido por la compensacion laboral.
Esa distincion es facil de confundir, asi que digamoslo con claridad. Un reclamo bajo la Ley Laboral 240 o 241 no es una demanda contra la empresa que firma su cheque de pago. Es una demanda contra el dueno de la propiedad y el contratista general que controlaban la obra. La inmunidad de compensacion laboral de su empleador no los protege a ellos.
La diferencia economica puede ser enorme. En un caso que manejo nuestra firma, un trabajador de construccion se cayo 12 pies de una escalera y sufrio lesiones en el cuello, la espalda, el codo y el hombro que requirieron cirugia de cuello y espalda. La recuperacion contra el tercero llego a $3,375,000, muy por encima de lo que la compensacion laboral por si sola habria pagado. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.
Una aclaracion importante: una recuperacion contra un tercero no se suma simplemente a sus beneficios de compensacion. Segun la Ley de Compensacion Laboral § 29, la aseguradora de compensacion laboral tiene un gravamen sobre su recuperacion contra el tercero y tiene derecho a que se le reembolsen los beneficios que cubrio. Un abogado con experiencia negocia ese gravamen como parte de la resolucion del caso. Pero usted debe entender desde el principio que las dos fuentes de recuperacion interactuan en lugar de simplemente sumarse.
{{VIDEO_EMBED: https://www.youtube.com/watch?v=PusKEkUYP2c | Can an Injured Construction Worker Collect More Than Workers' Compensation?}}¿Que contiene este video?
Este video aborda si un trabajador de construccion lesionado en una obra puede recuperar mas que solo los beneficios de compensacion laboral. Explica como los reclamos bajo la Ley Laboral 240 y 241 contra duenos de propiedades y contratistas generales pueden resultar en recuperaciones que superan por mucho lo que la compensacion laboral por si sola pagaria, y como interactuan ambas fuentes de recuperacion.
Plazos: fechas limite que no puede pasar por alto
Cada opcion anterior tiene su propio plazo. Si pasa por alto uno, puede terminar su reclamo de forma permanente antes de que comience.
- Reporte su lesion a su empleador dentro de 30 dias. La Ley de Compensacion Laboral § 18 exige un aviso por escrito a su empleador dentro de los 30 dias del accidente.
- Presente su reclamo formal de compensacion laboral dentro de dos anos. Segun la Ley de Compensacion Laboral § 28, usted tiene dos anos desde la fecha de la lesion para presentar el reclamo formal (Formulario C-3) ante la Junta de Compensacion Laboral.
- Una demanda por lesiones personales contra un tercero debe presentarse dentro de tres anos desde la fecha de la lesion, segun el CPLR § 214.
- Una demanda contra un empleador por un dano intencional debe presentarse dentro de un ano, segun el CPLR § 215. Ese es un plazo mucho mas corto que el de tres anos para lesiones personales.
El reloj generalmente empieza en la fecha de la lesion. A veces empieza cuando usted supo, o razonablemente debio haber sabido, de la condicion que la causo. El plazo para el dano intencional es corto, y las reglas sobre cuando empieza el reloj pueden volverse tecnicas. Lo mas seguro es que revisen su situacion mucho antes de que se acerque cualquiera de estas fechas.
Pasos practicos si cree que tiene un reclamo
Si se lesiono en el trabajo, unas pocas decisiones tempranas protegen todas las opciones que podria tener despues:
- Reporte la lesion a su empleador de inmediato. Esto cumple con la regla del aviso de 30 dias y ayuda a preservar la evidencia mientras la escena esta fresca.
- Reciba atencion medica y guarde todos los registros. Su historial de tratamiento es la columna vertebral tanto de un reclamo de compensacion como de cualquier demanda.
- Presente su reclamo de compensacion laboral. Presentarlo no renuncia a su derecho de buscar un caso contra un tercero.
- Identifique a todas las personas en la escena ademas de su empleador. Piense en duenos de propiedades, otros contratistas y las marcas del equipo involucrado. Estos son sus posibles demandados terceros.
- Hable con un abogado antes de firmar cualquier acuerdo. Algunos documentos de acuerdo de compensacion laboral contienen texto que puede renunciar en silencio a sus derechos contra terceros.
- No suponga que la compensacion es su unica opcion solo porque su empleador lo diga. Como muestra este articulo, a menudo no lo es.
Preguntas relacionadas
¿Puedo demandar a un tercero mientras cobro la compensacion laboral en Nueva York?
Si. La compensacion laboral solo prohibe las demandas contra su empleador y sus companeros de trabajo. Usted puede cobrar los beneficios de compensacion y al mismo tiempo demandar a un tercero negligente, como el dueno de una propiedad, un contratista general o el fabricante de un equipo. Tenga en cuenta que la aseguradora de compensacion reclamara un gravamen sobre su recuperacion contra el tercero segun la Ley de Compensacion Laboral § 29.
¿Que es una "lesion grave" bajo la Ley de Compensacion Laboral de NY § 11?
La Ley de Compensacion Laboral § 11 permite que un demandado tercero presente un reclamo de regreso contra su empleador solo cuando usted sufrio una "lesion grave". Esa es una lista definida y limitada. Incluye perdidas como amputacion, ceguera o sordera total, ciertas lesiones cerebrales graves y la muerte. Es una barrera alta que limita cuando se puede involucrar a un empleador en un caso contra un tercero. No amplia su propio derecho de demandar a su empleador.
¿Puede un contratista independiente demandar por una lesion de trabajo en Nueva York?
Un verdadero contratista independiente por lo general no esta cubierto por la compensacion laboral. Ese trabajador puede presentar una demanda por negligencia contra una parte que causo la lesion. Pero si usted era en verdad un contratista o fue clasificado incorrectamente depende de como trabajo en la practica, no de la etiqueta en sus documentos. Un abogado deberia revisar esa cuestion de clasificacion antes de que usted se apoye en ella.
¿Cual es el plazo para demandar a mi empleador por una lesion intencional en Nueva York?
Un ano. Segun el CPLR § 215, las demandas basadas en danos intencionales como agresion o ataque fisico deben presentarse dentro de un ano del acto. Ese plazo es mucho mas corto que la ventana de tres anos para los reclamos comunes por lesiones personales segun el CPLR § 214. Es una razon por la que estos casos necesitan una revision legal pronta.
Fuentes y recursos oficiales
Leyes de Nueva York citadas
- Ley de Compensacion Laboral § 11 — Recurso Exclusivo y Responsabilidad del Empleador
- Ley de Compensacion Laboral § 18 — Aviso de Lesion al Empleador dentro de 30 Dias
- Ley de Compensacion Laboral § 28 — Plazo de Dos Anos para Presentar el Reclamo
- Ley de Compensacion Laboral § 29 — Recurso Exclusivo para Companeros de Trabajo; Gravamen sobre la Recuperacion contra Terceros
- Ley Laboral § 240 — Ley de Andamios; Peligros Relacionados con la Gravedad en Obras de Construccion
- Ley Laboral § 241(6) — Seguridad en Obras de Construccion; Cumplimiento del Codigo Industrial
- CPLR § 214 — Plazo de Prescripcion de Tres Anos para Lesiones Personales
- CPLR § 215 — Plazo de Prescripcion de Un Ano para Danos Intencionales
Recursos utiles 9. Departamento de Trabajo de NY — Clasificacion Incorrecta de Trabajadores: Normas de Clasificacion del Empleador 10. Junta de Compensacion Laboral de NYS — Presentar un Reclamo (Formulario C-3)
Comuniquese con The Orlow Firm
Si se lesiono en el trabajo y no esta seguro de si la compensacion laboral es su unica opcion, no tiene que resolverlo solo. Como muestra este articulo, muchos trabajadores lesionados tienen un camino de recuperacion mas alla de la compensacion. Pero esos caminos vienen con plazos estrictos y reglas que dependen de los hechos. The Orlow Firm ha protegido a trabajadores lesionados en todo Queens y la ciudad de Nueva York por mas de 40 anos, y podemos revisar su caso para identificar a cada parte que pueda ser responsable.
Llame al (646) 647-3398 para una consulta gratuita. Trabajamos por honorarios de contingencia: usted no paga nada a menos que ganemos.
Se Habla Español
Este articulo brinda informacion general y no constituye asesoramiento legal. Cada caso es diferente. Comuniquese con un abogado para hablar sobre su situacion especifica.




