Ir al contenido principal

¿Qué es la pérdida de cuidado y crianza y cuándo se puede reclamar en Nueva York?

Llame Ahora para una Consulta Gratuita (646) 647-3398

Las Siguientes Personas Contribuyeron a Esta Página

Loyda Gomez
Escrito porLoyda GomezAsistente Legal y Gerente de OficinaLicenciatura en Ciencias Aplicadas, Ciencias Políticas y Gobierno, John Jay College of Criminal Justice (CUNY), 22+ años en The Orlow Firm, Bilingüe: Inglés y Español

Actualizado: 7 de julio de 2026 · 16 min de lectura

¿Qué es la pérdida de cuidado y crianza y cuándo se puede reclamar en Nueva York?

En los casos de muerte por negligencia en Nueva York, la pérdida de cuidado y crianza es el valor económico de todo lo que un padre o madre fallecido habría dado a sus hijos sobrevivientes. Eso incluye la orientación, la enseñanza, la formación moral y el apoyo emocional. Según la EPTL § 5-4.3, los tribunales de Nueva York la tratan como una pérdida pecuniaria compensable. Es distinta de los salarios perdidos, y los hijos pueden recuperarla como parte de una demanda por muerte por negligencia.

Cuando un padre o madre muere por la negligencia de otra persona, el daño económico para sus hijos va mucho más allá de un sueldo que falta. Las lecciones que ese padre habría enseñado. La ayuda con las tareas. Los consejos sobre la carrera. La guía moral. El cuidado diario. Todo eso tiene un valor, y la ley de Nueva York lo reconoce. Los abogados y los tribunales suelen llamarlo "pérdida de cuidado y crianza" o "pérdida de orientación de los padres". Los dos términos significan lo mismo.

A continuación, explicamos qué cubre esta pérdida y quién puede reclamarla. También repasamos cuándo surge, cómo los tribunales le asignan una cifra en dólares y qué plazos aplican. The Orlow Firm ha manejado casos de muerte por negligencia y de lesiones graves en todo Queens y la ciudad de Nueva York desde 1982. Sabemos con qué facilidad las familias pasan por alto esta parte de un reclamo.

Por qué Nueva York limita los daños por muerte por negligencia

La ley de muerte por negligencia de Nueva York data de 1847 y sigue siendo una de las más restrictivas del país. La ley que la rige, la EPTL § 5-4.3, permite recuperar una "compensación justa y razonable por los daños pecuniarios que resulten de la muerte del difunto". Esa sola frase, "daños pecuniarios", define y limita todo lo demás.

Pecuniario significa financiero o económico. Bajo la ley actual de Nueva York, los familiares sobrevivientes no pueden recuperar por su propio dolor, tristeza, pérdida de compañía o sufrimiento emocional. Esas son pérdidas no económicas, y la ley de muerte por negligencia no las permite. Esto distingue a Nueva York de la mayoría de los demás estados, que sí permiten a las familias recuperar por el costo emocional de perder a un ser querido.

La pérdida de cuidado y crianza sobrevive a este límite estricto por una razón. Los tribunales de Nueva York tratan la orientación, la enseñanza y la formación de un padre como algo que tiene un valor económico medible. La idea es que, en teoría, estos servicios podrían reemplazarse. Los tutores, consejeros, entrenadores, proveedores de cuidado infantil y mentores cuestan dinero. Ese costo es una pérdida financiera real para los hijos. Este enfoque económico es lo que mantiene recuperable la pérdida de cuidado y crianza cuando el dolor no lo es.

Los legisladores han intentado cambiar esta área de la ley muchas veces. La propuesta Grieving Families Act (Ley de Familias en Duelo) permitiría a las familias recuperar daños no económicos como el dolor y la pérdida de compañía, y ampliaría quién puede presentar la demanda. El proyecto de ley ha sido aprobado por la Legislatura en varias ocasiones. El gobernador lo vetó por cuarta vez en diciembre de 2025, y la legislación tendría que volver a presentarse en una sesión posterior para que se considere de nuevo. Al momento de escribir esto, no es ley. Las familias deben planificar en torno a las reglas tal como existen hoy.

Qué cubre realmente la "pérdida de cuidado y crianza"

La pérdida de cuidado y crianza compensa a los hijos por la pérdida de todo lo que un padre aporta más allá del dinero. En la práctica, los tribunales y los jurados evalúan varias categorías que se superponen:

  • Orientación y enseñanza de los padres: ayuda con las tareas escolares, consejos sobre decisiones importantes de la vida y la enseñanza cotidiana que forma el desarrollo de un hijo.
  • Formación moral y ética: inculcar valores, enseñar a distinguir el bien del mal y ser un modelo de carácter.
  • Orientación vocacional y profesional: ayudar a un hijo a elegir un camino, desarrollar habilidades y tomar decisiones profesionales.
  • Apoyo emocional y cuidado diario: consuelo, seguridad, aliento y, sencillamente, estar presente.
  • Cuidado físico y manejo de las necesidades diarias: preparar las comidas, cuidar la salud y encargarse del trabajo rutinario de criar a un hijo.

Lo que no cubre importa igual de mucho. La pérdida de cuidado y crianza no le paga a los hijos por su dolor, su angustia emocional ni por la pérdida de la compañía de su padre. Esas siguen siendo pérdidas no pecuniarias. La ley actual de muerte por negligencia de Nueva York no las permite.

Un punto suele sorprender a las familias. Incluso un padre o madre que no generaba ningún ingreso puede tener un reclamo sustancial por pérdida de cuidado y crianza. La medida es el valor de los servicios que ese padre proporcionaba, no su salario. Así que un padre o madre dedicado que se quedaba en casa puede tener un reclamo importante aunque haya poco o ningún ingreso perdido. Las Instrucciones Modelo para el Jurado (Pattern Jury Instructions) de Nueva York indican a los jurados que evalúen el valor de la formación, la orientación y la asistencia intelectual, moral y física de un padre. Las familias deben confirmar la instrucción exacta con su abogado según su propio caso.

Quién puede presentar un reclamo por pérdida de cuidado y crianza

Los hijos no presentan este reclamo directamente. Según la EPTL § 5-4.1, el representante personal del patrimonio del padre fallecido presenta la demanda por muerte por negligencia. Ese es o bien el albacea designado en un testamento o, si no hay testamento, un administrador nombrado por la Surrogate's Court (Corte Sucesoria).

El representante personal presenta la demanda en nombre del patrimonio. Pero las personas que en realidad reciben el dinero son los distributarios legales del difunto según la EPTL § 5-4.4, por lo general los hijos sobrevivientes.

Los hijos menores de edad son los beneficiarios principales y más comunes. Los tribunales reconocen que los niños pequeños enfrentan la mayor pérdida continua. Pierden años de orientación, formación y cuidado que un padre les habría proporcionado durante sus años de desarrollo.

Los hijos adultos pueden plantear el reclamo solo en casos limitados. Por lo general, deben demostrar que en verdad dependían del padre para su orientación y cuidado, y los tribunales suelen ser escépticos. Las indemnizaciones para hijos adultos son mucho menos comunes que para los menores. Las familias no deben suponer que la recuperación es probable solo porque un hijo pueda mostrar una relación cercana.

Otros familiares no tienen un reclamo directo por cuidado y crianza bajo la ley actual. Eso incluye a los hermanos del difunto y a los propios padres del difunto. Este reclamo se trata de los hijos que pierden a un padre, no al revés. Si el albacea designado se niega a presentar la demanda, un beneficiario puede solicitar a la Surrogate's Court que nombre a un administrador para llevar el caso.

¿Cuándo se puede presentar este reclamo?

La pérdida de cuidado y crianza surge solo como parte de una demanda más amplia por muerte por negligencia. Eso significa que la muerte debe haber resultado de la negligencia, la imprudencia o la conducta intencional de otra parte. Los eventos que suelen dar lugar a ella incluyen accidentes de auto, accidentes de construcción, accidentes de peatones y resbalones y caídas.

El plazo es estricto. Según la EPTL § 5-4.1, una demanda por muerte por negligencia debe presentarse por lo general dentro de los dos años a partir de la fecha de la muerte. Si se pierde esa ventana, el reclamo prescribe, sin importar lo sólido que hubiera sido.

Dos reglas adicionales pueden cambiar ese plazo:

  • Demandados gubernamentales. A veces la parte responsable es una entidad gubernamental, como una agencia de la ciudad, la Transit Authority (Autoridad de Tránsito) o un hospital público. En ese caso, por lo general debe presentarse un aviso de reclamo (notice of claim) dentro de 90 días. El plazo comienza a correr desde el nombramiento del representante del patrimonio, según la Ley Municipal General § 50-e. El plazo de dos años para presentar la demanda sigue aplicando.
  • Casos penales pendientes. A veces hay una acción penal pendiente contra la persona que causó la muerte. En ese caso, el representante personal obtiene al menos un año adicional después de que termine ese caso penal, incluso si la ventana de dos años ya se cerró.

Nombrar a un representante personal, investigar la causa de la muerte y reunir la evidencia lleva tiempo. Las familias se benefician de actuar pronto en lugar de esperar hasta que se acerque un plazo.

{{VIDEO_EMBED: https://www.youtube.com/watch?v=jAf52qLxAf0 | ¿Qué es una demanda por muerte por negligencia en Nueva York?}}
¿Qué contiene este video?

Este video de The Orlow Firm explica qué es una demanda por muerte por negligencia en Nueva York, quién puede presentarla, qué daños están disponibles y cómo funciona el proceso. Ofrece un contexto útil para las familias que consideran un reclamo por pérdida de cuidado y crianza como parte de una demanda más amplia por muerte por negligencia.

Cómo calculan los tribunales la pérdida de cuidado y crianza

No existe una fórmula fija para la pérdida de cuidado y crianza. Como la pérdida es intangible, los tribunales y los jurados asignan un valor en dólares caso por caso. Evalúan los hechos específicos de la situación de cada familia. Algunos factores tienen un peso considerable:

  • La edad del hijo al momento de la muerte. Los niños más pequeños suelen recibir indemnizaciones mayores porque la pérdida abarca más años de desarrollo.
  • El nivel de participación del padre. ¿Estaba el padre activo en la escuela, las actividades y las rutinas diarias del hijo, o más distante? Los tribunales observan con atención qué tan presente estaba el padre en realidad.
  • La naturaleza de la orientación perdida. Toda orientación tiene valor, ya sea que proviniera de un profesional con estudios universitarios, de un trabajador con oficio calificado o de un padre enfocado en la instrucción religiosa o moral.
  • Los antecedentes y la experiencia del padre. La educación, la profesión y las habilidades de vida moldean el tipo y la calidad de la orientación que el hijo ahora echará de menos.
  • La expectativa de vida. Cuánto tiempo habría vivido probablemente el padre ayuda a enmarcar cuántos años de orientación se perdieron.

Para establecer estos valores, los abogados a menudo recurren a testigos expertos. Los economistas forenses proyectan el valor de mercado de los servicios parentales perdidos. Los psicólogos infantiles explican el impacto en el desarrollo de perder a un padre. Los consejeros vocacionales hablan sobre la orientación que un hijo habría recibido. Los jurados también escuchan directamente a familiares, maestros, entrenadores y vecinos que pueden describir la relación en términos concretos.

Mantenga esta categoría separada de la pérdida de apoyo financiero. El ingreso que un padre habría ganado y aportado es un rubro distinto en una demanda por muerte por negligencia. La pérdida de cuidado y crianza aborda la orientación, la formación y el cuidado no financieros. Es un daño separado con su propio valor.

Evidencia necesaria para respaldar el reclamo

Los reclamos por pérdida de cuidado y crianza se sostienen o se caen según el detalle. Una afirmación general de que alguien "fue un buen padre" tiene poco peso. Lo que convence a un jurado es una imagen específica y vívida del papel que ese padre desempeñaba día a día. La evidencia útil incluye:

  • Testimonio de personas que conocían a la familia: familiares, maestros, entrenadores y amigos que puedan describir ejemplos concretos de la participación del padre.
  • Registros escolares y de actividades: registros de voluntariado, registros de entrenamiento, asistencia a reuniones de padres y documentos similares que muestren la participación.
  • Fotos y videos caseros que capturen al padre activamente involucrado con el hijo.
  • Comunicaciones escritas: mensajes de texto, correos electrónicos y tarjetas intercambiados entre padre e hijo.
  • Horarios de crianza o acuerdos de custodia que establezcan el tiempo del padre con el hijo y su responsabilidad sobre él.
  • Evaluaciones de expertos de profesionales del desarrollo infantil y economistas forenses.

El objetivo es convertir una relación intangible en algo que un jurado pueda ver y medir.

En qué se diferencia la pérdida de cuidado y crianza de otros daños por muerte por negligencia

La pérdida de cuidado y crianza es una pieza de una recuperación más amplia por muerte por negligencia. Ver cómo se relaciona con las demás categorías ayuda a las familias a entender el alcance completo de un reclamo:

Categoría de daño Qué cubre Cómo se prueba
Pérdida de apoyo Los ingresos y salarios que el padre habría ganado y aportado Declaraciones de impuestos, registros de pago, historial laboral
Pérdida de cuidado y crianza / orientación de los padres El valor de la orientación, la formación, la instrucción moral y el cuidado Testimonio, registros escolares y de actividades, análisis de expertos
Gastos médicos y funerarios Costos directos de bolsillo relacionados con la muerte Facturas, comprobantes, recibos
Daños punitivos Castigo por conducta atroz; disponibles solo si serían recuperables en caso de que el difunto hubiera sobrevivido Evidencia de imprudencia o mala conducta intencional (poco común)

El punto clave es que estas categorías se suman en lugar de superponerse. Un padre o madre que se quedaba en casa podría tener un reclamo modesto por pérdida de apoyo pero un reclamo grande por pérdida de cuidado y crianza. El valor de su crianza nunca se reflejó en un salario. Mirar solo una categoría subestima lo que una familia en realidad ha perdido.

The Orlow Firm ha recuperado una compensación significativa en asuntos de muerte por negligencia, incluido un resultado de $1,250,000 en un caso en el que un hombre murió después de que le negaran insulina mientras estaba bajo custodia. Cada caso es diferente, y los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Pero resultados como estos muestran por qué es importante desarrollar plenamente cada categoría de daño.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre la pérdida de cuidado y crianza y la pérdida de orientación de los padres?

No hay una diferencia real. Los dos términos describen lo mismo. Los tribunales y abogados de Nueva York los usan de manera intercambiable. Ambos se refieren al valor pecuniario de la orientación, la formación y el cuidado que un hijo pierde cuando muere un padre. Cualquiera de los dos términos puede aparecer en una demanda por muerte por negligencia o en las instrucciones al jurado.

¿Pueden los hijos adultos reclamar la pérdida de cuidado y crianza en Nueva York?

Por lo general, no. Este reclamo está diseñado principalmente para los hijos menores de edad. Un hijo adulto puede plantearlo solo en casos limitados y debe demostrar que en verdad dependía de la orientación y el cuidado del padre. Los tribunales son escépticos ante estos reclamos, y las indemnizaciones a hijos adultos son poco comunes.

¿El padre tiene que haber estado trabajando para que aplique este reclamo?

No. Un padre o madre que se quedaba en casa o que no generaba ingresos aún proporciona orientación, formación y cuidado valiosos, todo lo cual la ley reconoce. El reclamo mide el valor de los servicios de crianza perdidos, no el salario del padre. Así que un padre con poco o ningún ingreso aún puede tener un reclamo significativo.

¿La pérdida de cuidado y crianza es una pérdida económica o no económica en Nueva York?

Bajo la ley actual de Nueva York (EPTL § 5-4.3), es una pérdida económica, o pecuniaria, aunque la orientación en sí sea intangible. Esa clasificación es lo que permite que se compense. La ley de muerte por negligencia de Nueva York no permite actualmente daños no económicos como el dolor.

¿Qué pasa si la Grieving Families Act se convierte en ley?

La Grieving Families Act (Ley de Familias en Duelo) agregaría daños no económicos (como el dolor y la pérdida de compañía) a las demandas por muerte por negligencia en Nueva York y ampliaría quién puede presentarlas. Ha sido vetada cuatro veces y no es ley al momento de escribir esto. Si se firmara, marcaría un cambio importante. Por ahora, planifique en torno a la ley tal como está.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por pérdida de cuidado y crianza en NYC?

Por lo general, dos años a partir de la fecha de la muerte, según la EPTL § 5-4.1. Si la parte responsable es una entidad gubernamental, por lo general debe presentarse un aviso de reclamo (notice of claim) dentro de los 90 días del nombramiento del representante del patrimonio, según la GML § 50-e.

¿Necesito un abogado para presentar este tipo de reclamo?

Estos reclamos son legalmente complejos. Nombrar a un representante personal, reunir evidencia de la participación de un padre, trabajar con testigos expertos y asignar un valor a una orientación intangible requieren experiencia. Los abogados de lesiones personales trabajan por honorarios de contingencia, así que por lo general no hay ningún costo por adelantado para llevar el reclamo.


Fuentes y recursos oficiales

Leyes de Nueva York citadas

  1. EPTL § 5-4.3 — Monto de la recuperación (daños pecuniarios)
  2. EPTL § 5-4.1 — Demanda por muerte por negligencia; quién puede presentarla; plazo
  3. EPTL § 5-4.4 — Distribución de los daños recuperados
  4. Ley Municipal General § 50-e — Aviso de reclamo contra el gobierno

Legislación pendiente 5. Proyecto de Ley del Senado de NY S4423 (2025) — Grieving Families Act

Recursos útiles 6. NYCourts.gov — Surrogate's Court (Corte Sucesoria)


Contacte a The Orlow Firm

¿Su familia perdió a un padre, madre o cuidador por la negligencia de otra persona? Sus hijos pueden tener derecho a una compensación por la orientación y el cuidado que han perdido, no solo por los ingresos perdidos. Entender el alcance completo de una demanda por muerte por negligencia es un primer paso importante. The Orlow Firm ha ayudado a familias en todo Queens y la ciudad de Nueva York por más de 40 años.

Llame al (646) 647-3398 para una consulta gratuita y confidencial. Trabajamos por honorarios de contingencia; usted no paga nada a menos que ganemos.

Se Habla Español

Este artículo ofrece información general y no constituye asesoramiento legal. Cada caso es diferente. Contacte a un abogado para hablar sobre su situación específica.

Las Siguientes Personas Contribuyeron a Esta Página

Loyda Gomez
Escrito porAsistente Legal y Gerente de OficinaLicenciatura en Ciencias Aplicadas, Ciencias Políticas y Gobierno, John Jay College of Criminal Justice (CUNY), 22+ años en The Orlow Firm, Bilingüe: Inglés y Español

Artículos Relacionados

Los Resultados de The Orlow Firm

Acuerdos y veredictos notables para nuestros clientes

$5,000,000

Envenenamiento por plomo en infante - Hogar de acogida

Infante colocado en hogar de acogida con pintura de plomo desarrolló niveles extremadamente elevados de plomo en sangre causando problemas neurológicos.

Envenenamiento por Plomo
1 de 14

Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

Reseñas de clientes en Google

4.9 rating of 59 reviews
Payton Hutchinson

Payton Hutchinson

2 months ago

All my homies love brian and adam! 10/10 recommend for an amazing turnout on your case

Andrew Gantman

Andrew Gantman

4 months ago

Brian and his team made The whole process very easy This is the only law firm I will use

Aiaja Blackwell

Aiaja Blackwell

5 months ago

This Law Firm is 10/10! The staff and most of all the attorney Brian Orlow was very nice, sweet and amazing to work with. They answered all of my questions and handled me with respect and care! If you’re looking for a la…

Maegan Ratliff (maedwellness)

Maegan Ratliff (maedwellness)

a year ago

This firm is top! Everyone is professional, and they actually care. It is a rare combination, but The Orlow Firm has managed to achieve it. They made all the potentially difficult moments easy, and they were always direc…

Michael Foster

Michael Foster

a year ago

They provided me with excellent service.

Christa

Christa

2 years ago

Brian was very helpful when my partner and I got into an accident. He not only guided us through the legal proceedings of the case, but he assisted in referring me to a convenient physical therapist in my area. Accidents…

Miguel Alava

Miguel Alava

2 years ago

The Orlow Firm is the Greatest, most professional law firm in all of New York City and the World. Brian really cares about his clients. He still sends me Birthday Cards yearly after my first case which was 10 years ago…

Kamal Ali

Kamal Ali

2 years ago

Great job. Appreciate your help. Thanks...

matt spiller

matt spiller

2 years ago

Very Professional office , reached a very nice settlement in a short period of time , kept me in the loop during the process. Would highly recommend .

Mirely Nunez

Mirely Nunez

2 years ago

"The process was so easy and the outcome awesome!"

Amira Givens

Amira Givens

2 years ago

This law firm took the time to help me When no one else would . I’m so grateful to them . I recommend them to everyone.

Nichelle B

Nichelle B

3 years ago

Brain was amazing from the start. The process was so easy and the outcome awesome! I had two cases at one time and he handled both. You will be happy to use this office. Professional and curious through and through.

Tanisha Stewart

Tanisha Stewart

3 years ago

So far The Orlow Firm had been the best. On top of everything thing. Thank you for working with me.

DiAnitap. M

DiAnitap. M

4 years ago

Muy excelentes abogados

John Hage

John Hage

5 years ago

Yes I was very impressed with the professionalism and the quality of work done by the Orlow law firm. Especially thanks to Brian and his brother for all the hard work.

David Wilson

David Wilson

8 years ago

I was involved in an accident that left me injured. I wasn't sure what I needed to do so I started Googling around and ended up finding The Orlow Firm. I couldn't be happier with my decision to work with Brian and everyo…

Membresías y Reconocimientos

Reconocimientos de The Orlow Firm

Fundada en 1981, The Orlow Firm ha recibido muchos honores de alto nivel por su excelencia, compasión y excelencia legal. Estos reconocimientos reflejan nuestro compromiso inquebrantable de lograr justicia, entregar resultados y brindar representación compasiva y personalizada a víctimas de lesiones en Queens y en toda la ciudad de Nueva York.

Lawyers.com
Super Lawyers
Justia
Martindale-Hubbell AV Rated
Nuestras Ubicaciones

Cuatro oficinas en la ciudad de Nueva York.

Ofrecemos consultas iniciales gratuitas y operamos cuatro oficinas en la ciudad de Nueva York para su comodidad. Podemos ir a usted si no puede venir a nosotros.

¡Podemos ayudarle! Solicite una consulta gratuita.

Contáctenos Hoy

Aviso de Publicidad Legal
Aviso: La información en este sitio web es solo para fines informativos generales. Nada en este sitio debe tomarse como asesoramiento legal para ningún caso o situación individual. Esta información no tiene la intención de crear, y su recepción o visualización no constituye, una relación abogado-cliente. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. The Orlow Firm trabaja sobre una base de honorarios contingentes. Una base contingente significa que nuestros abogados no cobran por consulta, sino que tomarán un porcentaje de la cantidad recuperada. Esta cantidad es generalmente un tercio de la recuperación neta después del desembolso. Esto significa que el costo de contratar a The Orlow Firm varía según la cantidad recuperada.

© 2026 The Orlow Firm. Todos los Derechos Reservados. Política de Privacidad. Términos y Condiciones.